Fallo sobre la despenalización total del aborto en Colombia se conocerá esta semana

La legislación sobre el aborto en Colombia podría cambiar en los próximos días dependiendo de lo que decida la Corte Constitucional sobre dos casos en torno a la despenalización total de esa práctica.

Despenalización del aborto – Causa Justa

En Colombia el Código Penal considera legal el aborto en tres casos específicos: violación o incesto, malformación fetalque haga inviable su vida, o cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico. Pero quien se practique un aborto, o quien lo practique, por fuera de estos tres escenarios, comete un delito.

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Se espera que esta semana, antes del viernes 19, la Corte Constitucional concluya con un fallo el debate sobre las dos demandas que piden que se despenalice la práctica y ponen en primer plano el derecho al aborto.

Para ser aprobada la despenalización del aborto, el tribunal necesita mayoría simple con el voto favorable de cinco de los nueve magistrados.

Estas son las dos demandas que está estudiando la alta corte piden que se despenalice el aborto en todas sus formas:

La demandas interpuesta por el Movimiento Causa Justa, que promueve la eliminación del delito de aborto del Código Penal colombiano. Este movimiento busca que “ninguna mujer vaya a la cárcel por decidir sobre su cuerpo; y para que las profesionales de la salud puedan ejercer su oficio sin criminalización ni estigmas”.

La otra demanda interpuesta por el abogado Mateo Sánchez en 2020, en medio de un contexto social en el país en el que se discutía la penalización total del aborto incluso eliminar las tres causales y proyectos de ley en el Congreso para este mismo fin.

“Me pareció un retroceso terrible que llegáramos a un escenario donde se volviera penalizar completamente (el aborto)”, dijo Sánchez. Según él con la demanda que interpuso ante la Corte busca salvaguardar los derechos que ya existen sobre el aborto “y quizá algo más”, manifiesta Sánchez.

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